BAJA LABORAL POR MENSTRUACIÓN DOLOROSA

Este martes, se ha aprobado en Consejo de Ministros, la nueva ley del aborto, la misma incluye la nueva baja laboral por menstruaciones dolorosas e incapacitantes.

Estas bajas serán asumidas por la Seguridad Social y no por las empresas, con el fin de paliar la discriminación laboral que se temía que pudiera suponer para las mujeres el reconocimiento de esta baja concreta.        

La dismenorrea o menstruación dolorosa, no era recogida hasta  ahora como motivo de baja a pesar de tener este dolor incapacitante.

Estas bajas serán por baja por enfermedad común, no constando de cara a la empresa, constando la misma como enfermedad común, pero si constará como baja por menstruación dolorosa de cara a la seguridad social.

Con esto, queda reconocido un derecho que puede afectar en España aproximadamente a unas quince mil mujeres, constituyendo un avance en derechos para las mujeres que sufren la menstruación dolorosa.

Carlos Santiago Sacristán

Abogado

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